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jueves, octubre 8, 2026

Más irregularidades en Educación: reasignaban docentes a una escuela que no tiene ni acto de creación

Una auditoría expuso graves inconsistencias en el funcionamiento administrativo del Ministerio de Educación. Entre ellas, aparece el establecimiento 5242, que fue puesto en funcionamiento con personal reasignado sin intervención de la Junta y sin decreto de creación.

E el medio del escándalo por la “Escuela fantasma”, una nueva auditoría sobre el funcionamiento de las Juntas Calificadoras de Méritos y Disciplina volvió a poner bajo la lupa los mecanismos utilizados por el Ministerio de Educación de Salta para designar y reasignar personal docente. Entre las situaciones detectadas aparece el establecimiento educativo N° 5242, ubicado en Pinares, donde, según consta en el informe, hubo personal reasignado sin intervención de la Junta Calificadora y el propio establecimiento fue puesto en funcionamiento sin contar, al momento de la auditoría, con el acto administrativo que formalizara su creación.

El dato surge de un informe elaborado a partir de tareas de auditoría desarrolladas durante junio y julio de 2026 sobre el Sistema de Gestión de las Juntas Calificadoras y su vinculación con el sistema de Recursos Humanos. Allí se detectaron inconsistencias entre los registros de ambos sistemas y, dentro de los casos analizados, apareció el establecimiento 5242. La explicación aportada por el presidente de la Junta Calificadora de Méritos y Disciplina de Nivel Secundario y sus Modalidades resulta particularmente significativa: “se trata de personal reasignado sin la intervención de la Junta Calificadora”.

Según consta en el documento, la situación había sido planteada ante la Dirección de Nivel. Fue ese organismo el que, de acuerdo con lo informado a los auditores, “reasignó al personal y puso en funcionamiento dicho Establecimiento”. El problema es que, al momento de realizarse la auditoría, el establecimiento “carece a la fecha del Acto Administrativo de creación y de asignación del CUE”, es decir, del Código Único de Establecimiento que identifica formalmente a las instituciones educativas.

La combinación de esos elementos abre un interrogante que el propio informe no resuelve: ¿cómo se puso en funcionamiento un establecimiento educativo y se reasignó personal para trabajar allí si todavía no contaba con el instrumento administrativo que formalizara su creación? La auditoría no afirma que el establecimiento no exista físicamente ni califica esas decisiones como delito, pero sí deja documentado un circuito administrativo que se apartó de la intervención de la Junta y que, además, permanecía incompleto en términos formales.

El problema no quedó limitado al 5242. Los auditores también encontraron que los sistemas utilizados por Educación no se encuentran adecuadamente sincronizados, al punto de que pueden existir agentes registrados en Recursos Humanos que no aparecen en el sistema de la Junta. Por eso, el informe recomienda implementar controles periódicos de conciliación para detectar y regularizar los casos de agentes que tengan cargos docentes registrados en uno de los sistemas y no estén incorporados en el otro, además de definir cuál debe ser la fuente oficial de la información y quiénes son responsables de su actualización.

La auditoría, en definitiva, no investigó específicamente al establecimiento 5242, pero terminó encontrándose con una situación difícil de pasar por alto: personal reasignado sin la intervención del organismo que participa en la valoración y designación docente, una escuela puesta en funcionamiento por decisión de la Dirección de Nivel y, al mismo tiempo, la ausencia del acto administrativo de creación y del CUE.

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