Aníbal Anaquín es el apoderado del Frente Unidad y Renovación, y fue el encargado esta mañana de las denuncias ante el Tribunal Electoral de Salta y la Justicia Federal en contra
de Martín Grande porque entienden que el spot del Candidato conforma “una violación al Art. 43 de la Ley 26215”.
El apoderado del Frente solicita que los canales y radios de la Capital y del Interior se abstengan de difundir el “spot que publicita al Candidato a Diputado Nacional por Cambiemos Martín Grande cuando la misma ha sido pautada fuera del sistema establecido por la Ley 26215. A tal efecto pido se libre oficio bajo apercibimiento de desobediencia judicial y las sanciones que establecen las leyes electorales vigentes”.
Dice el oficio que “descartada de plano la posibilidad de que sean spots realizados en un espacio cedido por la Dirección Nacional Electoral (esos avisos inician con la leyenda que así los califica) las opciones se reducen a dos: 1) O se ha solventado esta publicidad con los fondos que del presupuesto provincial se otorgan a las agrupaciones que participan de la elección general o 2) ha sido contratada de manera particular”.
Ambas están prohibidas por lo que se hace hincapié en que “la segunda hipótesis no requiere el menor análisis respecto a la infracción cometida. Pero si la emisión ha sido utilizando las pautas entregadas por este Tribunal la infracción prosigue su configuración como transgresión al aporte público al promocionar un candidato a Diputado Nacional con fondos que deben ser exclusivamente utilizados para acercar la propuesta de aquellos que hayan sido oficializados para las Elecciones Generales Provinciales”.
Consultado al respecto, Aníbal Anaquín fue contundente al expresar que “no se trata de ninguna estrategia electoral sino de cumplir la Ley y acá la falta del candidato Martín Grande es doble. Porque si se utilizan los aportes provinciales o se contrata de manera particular se está violentando la prohibición de publicitar la candidatura nacional por fuera del esquema provisto por Ministerio del Interior de la Nación, de acuerdo a la ley electoral vigente”.
Fuente: ORGANIGRAMA