15.3 C
Salta
domingo, mayo 18, 2025

Pirotecnia sonora 0 en la ciudad ¿Funcionará?

Gustavo Sáenz firmó en las últimas horas la ordenanza ad referendum N° 15546 para que en la ciudad de Salta quede prohibido definitivamente el uso y comercialización de Pirotecnia Sonora. Los argumentos son muchos y de peso, pero los empresarios irán a la justicia y anticipan una dura pelea.

Ya en 2017 la comuna había dado un primer paso fallido en la prohibición de la pirotecnia sonora. El oficialismo había aprobado una ordenanza que, a la hora de la reglamentación por el ejecutivo, sufrió una modificación tendiente a contemporizar con el empresariado: se prohibieron petardos y morteros mayores a 2 pulgadas.

Evidentemente no fue suficiente. Ahora, pasadas las fiestas, Sáenz tomó la decisión, según él en base a encuestas realizadas a numerosos vecinos. Entre los considerando, la comuna establece que ésta es una buena época para prohibir debido a que los comerciantes no tienen stock. Es decir, se buscó dañar lo menos posible un negocio que para el año deberá reconvertirse.

La ordenanza tiene 25 argumentos de por qué la prohibición. Tiene que ver con la salud de personas y animales, sobre todo de personas con trastornos del espectro autista, cuyo sufrimiento ha quedado visualizado en las redes como nunca antes.

El título XII de la ordenanza habla de las sanciones. Y en el artículo 68 deja en claro que quienes incurran en incumplimiento recibirán sanciones que van de las 1.000 a 10.000 Unidades Tributarias (UT). Esto quiere decir de 9.950 a 99.500 pesos.

Por su parte, la venta callejera de cohetes será sancionada con el decomiso y la posterior quema de los mismos.
La venta de artificios prohibidos en locales recibirá, además de la multa dineraria, la clausura del local y en caso de reincidencia la multa se elevará al doble y el local será cerrado de forma definitiva.

Denuncia de los empresarios

La cámara de la pirotecnia anunció que demandará a la comuna por daños y perjuicios. En lo inmediato enviaron una carta documento exigiendo la derogación de la medida. Alejandro Paolini, dueño de Cienfuegos, recalcó la existencia de una ley nacional 20.429, que establece que todos los productos A11 y B3 son de venta y uso libre en todo el territorio nacional. Sostienen que, en ese marco, ninguna ordenanza municipal tiene potestad de anularlo.

Pero en los considerandos de la ordenanza ya se prevé el problema y por eso señala que el decreto nacional 302/83 de manejo de fuegos artificiales «se hará de acuerdo a las ordenanzas municipales, edictos policiales o reglamentaciones locales, en los que se contemplarán los siguientes aspectos (…) su uso no perturbará el orden ni ocasionará perjuicios a terceros».

Los empresarios también confían en que la justicia falle a su favor, como ya lo ha hecho en la provincia de Buenos Aires. Otros de sus argumentos es que la ilegalidad no disminuirá el uso sino que lo hará más inseguro, o que las empresas se irán a otros municipios. La pelea está en sus comienzos y habrá que ver si la municipalidad quiere ir a fondo. Esperemos que no sea sólo pirotecnia electoral.

Más Leídas
Noticias Relacionadas

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí