El médico y titular de HemoSalta SRL, se presentó ante la audiencia de imputación. La notificación para comparecer a la misma contemplaba el uso de la fuerza pública ante una inasistencia injustificada
La Unidad de Delitos Económicos Complejos del Ministerio Público Fiscal, ordenó la citación a audiencia de imputación al médico Martín de la Arena, por la comisión del delito de fraude a la administración pública (dos hechos), en grado de tentativa en concurso real, en el carácter de autor y en perjuicio del Estado Provincial.
La audiencia de imputación comenzó a las 10 y la notificación se había realizado bajo apercibimiento de ordenar su conducción por la fuerza pública en caso de incomparecencia injustificada. El médico y titular de la empresa HemoSalta SRL, deberá designar abogado defensor particular u oficial.
En el decreto de imputación constan las medidas realizadas en el marco de la investigación, entre las cuales se encuentran las diferentes declaraciones testimoniales tomadas a funcionarias y funcionarios, además de los informes y documentación brindados por organismos nacionales y provinciales.
Para avanzar, se tuvo en cuenta que el futuro imputado, en su condición de socio gerente de una empresa habilitada para la realización de Servicio Transfusional Hospitalario, y siendo prestador de la obra Social IPS, habría solicitado en dos oportunidades el pago de una práctica de transfusión de PCC -plasma- (plasmaféresis) por un valor mayor al código nomenclado. La primera presentación fue rechazada toda vez que pretendía el pago de $69.000, asimilando esta práctica a la de plaquetoferésis; solicitando posteriormente, por medio de notas a dos sanatorios, el cobro de $ 30.000 a los pacientes, monto que luego debería ser reintegrado por IPS.
Todo esto, a sabiendas que al no haber una resolución ministerial, no se estaba cobrando la entrega de las unidades, y que por orden del Ministerio de Salud Pública, el Centro de Hemoterapia entregaría las unidades de plasma en forma gratuita a los nosocomios autorizados.
Consta también en el decreto que el futuro imputado, no llegó a consumar su acto delictivo por cuestiones ajenas a su voluntad, ya que el Instituto Provincial de Seguros de Salta rechazó sus pedidos, y le indicó el código correspondiente a transfusión de plasma, cuyo valor en nomenclador IPS es de $4607,88.
Consideró la Fiscalía, que en este caso, el ardid desplegado consistió en intentar que el IPS realizara el pago de una prestación distinta a la que realmente se estaba llevando a cabo. De esa manera, la obra social y en caso de ser engañada hubiera desembolsado un monto significativamente superior al que verdaderamente correspondía.