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jueves, agosto 20, 2026

Boletazo: Los jueces de la Corte de Justicia no viajan en colectivo

Desde hoy el precio del boleto de transporte público aumentó en Salta. Así lo dispuso la AMT luego de la solicitud de SAETA S.A. Este nuevo golpe al bolsillo dejó expuesto el desinterés en el tema por parte de los integrantes de la Corte de Justicia de Salta.

Tras la audiencia pública que se llevó a cabo el día 17 de febrero, el directorio de la Autoridad Metropolitana de Transporte (AMT) definió otorgar a Saeta la autorización para los incrementos. El precio boleto urbano subió de 25 a 32 pesos y un porcentaje similar se aplicó para los corredores interurbanos.

El rol de la Corte

Es interesante tener en cuenta un proceso judicial que quedó durmiendo en la cúpula del Poder Judicial. Se trata de una Amparo Colectivo, presentado por la ONG Unión de Consumidores y Usuarios en abril de 2019, en contra de las resoluciones de SAETA y AMT, en las que se dispuso aumentos mensuales ese año, que tenían el propósito de duplicar la tarifa.

La presentación judicial, se sustentó en la ausencia de un proceso de participación pública y de las presentaciones pertinentes que ameriten la autorización de un aumento por encima del 100 por ciento. En noviembre de 2019, la jueza Victoria Mosman, hizo lugar al amparo colectivo y suspendió el último aumento mensual previsto para ese año.

Como era de esperarse, SAETA apeló ese fallo de primera instancia ante la Corte de Justicia. Desde entonces, el Máximo Tribunal provincial, a pesar de haber ampliado su composición de siete a nueve integrantes, no resolvió la cuestión de fondo.

“Hasta tanto no haya una definición por parte de la Corte de Justicia, el precio del boleto no puede aumentar”, explicó en su momento la abogada Emilia Calmejane, quien fue una de las que realizó la presentación del Amparo Colectivo.

La desidia de la Corte en resolver un aspecto fundamental de la cotidianeidad y el costo de vida de trabajadores de Salta, describe su carácter. En efecto, no sólo no resolvió la apelación, tampoco hizo la advertencia sobre la improcedencia de un nuevo aumento hasta tanto se resuelva la apelación a un fallo de primera instancia sólidamente fundamentado.

La Corte, que tiene como antecedente muy cercano las maniobras para perpetuarse, dejó constancia de cuáles son sus prioridades. Se trata de una demostración contundente de que el debate puntual sobre la inamovilidad de sus integrantes en el marco de la reforma constitucional, debe ser un tema de interés general. (PRA)

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