Es en el marco del fallo contra religiosos que violentaron a las Carmelitas Descalzas. Al igual que el sacerdote Lucio Ajaya, el obispo emérito Martín de Elizalde y el vicario judicial Loyola Pinto y de Sancristóval, el arzobispo deberá capacitarse en género e ir al psicólogo.
En el marco de una causa por violencia de género iniciada en 2022 contra el arzobispo de Salta, el sacerdote Lucio Ajaya, el obispo emérito Martín de Elizalde y el vicario judicial Loyola Pinto y de Sancristóval, la jueza Carolina Cáceres Moreno consideró probados los hechos de violencia de género ejercidos en perjuicio de las religiosas Carmelitas Descalzas del Convento San Bernardo.
Ordenó así mantener la prohibición de acercamiento y que los acusados se sometan a tratamiento psicológico y se capaciten en cuestiones de género. «Concluyo y afirmo que aquellas (las Carmelitas Descalzas) han padecido hechos de violencia de género en el ámbito institucional del tipo religiosa, física, psicológica y económica, por un lapso de más de 20 años», sostuvo la jueza.
Se refirió en el fallo a «la obstrucción/demora/negativa en la elección de la Priora y el préstamo de dinero al Obispo sin devolución a la fecha, lo que configuró violencia de género del tipo psicológica y económica». Asimismo, «lo actuado por Monseñor Mario Antonio Cargnello y el Sacerdote Lucio Francisco Ajaya en ocasión del velorio de la hermana M. en fecha 25/09/20, en el cual las denunciantes padecieron violencia de género del tipo física y psicológica».
«Lo acontecido durante la visita apostólica realizada por Monseñor Martín de Elizalde en fecha 25/10/21, en las que aquellas sufrieron violencia de género del tipo psicológica», agregó e indicó que otro hecho violento fue «la comparecencia al monasterio del Vicario Judicial Loyola Pinto y de Sancristóval en fecha 27/04/22, a fin de poner en conocimiento a la comunidad carmelitana lo dispuesto por la Santa Sede, sin que la comunicación haya expresado tal forma de notificación, lo que configuró violencia de género del tipo psicológica».
De esta manera, Cáceres Moreno ratificó las medidas de prohibición de acercamiento que ordenó en 2022 luego de recibir la denuncia de las monjas. Solo en un caso, el de una religiosa que se fue del Convento, no se mantiene la perimetral.
La jueza ordenó a los denunciados «realizar tratamiento psicológico con perspectiva de género a fin de trabajar patrones vinculares y hechos de violencia». También deberán presentar ante el juzgado constancias del cumplimiento de lo resuelto en este punto, de manera mensual durante el plazo de seis meses, «bajo apercibimiento de desobediencia judicial».
Asimismo, ordenó a los denunciados a realizar capacitación en cuestiones de género, violencia de género y la normativa vigente, «bajo apercibimiento de desobediencia judicial». Para el cumplimiento de esta medida, libró oficio al Observatorio de Violencia Contra las Mujeres para que elabore y dicte el programa de capacitación.
Por otra parte, impuso las costas del proceso judicial a los acusados y libró oficio al Tribunal de Ética del Colegio de Abogados y Procuradores de Salta para que revise la conducta de dos letrados.
El abogado querellante José Viola, representante de las Carmelitas Descalzas, se manifestó conforme con la sentencia. «Es más que destacable la independencia de la jueza que seguramente estuvo y está siendo presionada; y a pesar de tener pocos años como jueza, tuvo la valentía de sacar semejante fallo», consideró.
Viola señaló que también había solicitado a la jueza que ordene la devolución del préstamo que las monjas hicieron a Cargnello; que se corriera vista al tribunal de Ética del Colegio Médico por la conducta del profesional Francisco Arias, «y la publicación de una retratación del sacerdote Loyola Pinto y de Sancristóval en los medios de comunicación». «En rigor de verdad, no es que rechazó, sino que directamente no los trató», mencionó en cuanto a estos tres puntos.
Con información de Salta/12
