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lunes, marzo 17, 2025

Convencional Constituyente | Proponen elevar el número mínimo de concejales a 5 por municipio

Además se planteó subir el mínimo de habitantes para que una localidad pueda convertirse en municipio. Así, pasaría de 1.500 a 5.000.

En las pasadas horas tuvo lugar la primera ronda de consultas a expertos en el recinto donde se debate las modificaciones a la constitución salteña. Así, participó el abogado Martín Ávila, autor del libro “El régimen municipal de Salta. Apuntes para concejales”.

En ese sentido planteó, entre otros temas, la necesidad de elevar el número de concejales por municipio, además del término de su mandato, así también como el incremento de los habitantes requeridos para solicitar el cambio de localidad a municipio.

La reunión fue encabezada por el presidente de la Comisión, Marcelo Moisés y participaron; Viviana Canchi; Rojelio Nerón; Mirta Miller; María del Valle García Gambetta; Esteban Ivetich; Roberto Gramaglia; Rodrigo Tacacho y Fernando Fabián; además de convencionales de otras comisiones.

El invitado de  la Comisión de Asuntos Municipales se detuvo en  los artículos 170, 171 y 172 de la Carta Magna Provincial, sujetos a reforma parcial.

Sobre el artículo 170, Ávila recordó que actualmente se exige una población de 1.500 habitantes para que una localidad pueda pasar a ser municipio, previa ley de la Legislatura. En ese sentido propuso que ese número se eleve a 5.000; aunque se deberán contemplar algunas excepciones, como el caso de las localidades fronterizas.

Respecto del artículo 171, propuso que se eleve de 3 a 5 el número mínimo de ediles y pidió que la norma establezca esa cifra para municipios en general de hasta 10.000 habitantes. Ello considerando que así se dará pie a un mejor funcionamiento de los cuerpos deliberantes más reducidos. En ese sentido explicó que  en Salta actualmente hay 25 municipios con 3 concejales; 10 con 5 ediles; 12 con 7 concejales; 10 con 9 concejales, un municipio con 11 concejales; uno con 12 y uno con 21. En total 343 concejales en los 60 municipios, de los cuales 218 ediles (el 63,5%) pertenecen a los 25 municipios más poblados (41,6%) y 125 ediles (el 36,5%) a los 35 municipios menos poblados (58,3%).

Finalmente, sobre el artículo 172, de duración de los mandatos de los concejales, se pronunció por elevar de dos a cuatro años, con posibilidad de una reelección, al igual que para el caso del intendente.

 

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