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domingo, septiembre 20, 2026

Para la Secretaria de Ambiente nada inhabilita a seguir con los desmontes

En una entrevista con Opinorte, el Secretario Legal y Técnico de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, Sebastián Varela, respondió sobre la polémica Resolución 333/2020 que flexibiliza las exigencias para los desmontes. Dijo que la disposición se interpretó mal porque es muy técnica y aclaró que todo se realiza con el aval de Nación.

¿Qué implica la resolución 333 de Ambiente?

La resolución no habilita la ganadería integrada, la cual ya está habilitada; no es algo nuevo. Lo único que hacemos es introducir nuevas reglamentaciones respecto de cómo debe hacerse, no es que la creamos ni la estamos incorporando.

El artículo 22 de la ley 26331 de Presupuesto mínimo de Bosques establece como criterio general el estudio de impacto ambiental para los cambios de uso de suelo y para los sistemas de aprovechamiento y los planes de manejo. Esto abarca el aprovechamiento de la extracción individualizada de productos agrarios, y el silvopastoril, lo cual está contemplado como una figura dentro de lo que es el plan de aprovechamiento.

Entonces lo que dice la ley es que va con declaración jurada, salvo algunas condiciones. Esas condiciones en general llevan a que presenten un estudio de impacto ambiental. Lo que hacemos con la resolución es remitirnos y aplicar eso. Si se analizan los dos sistemas establecidos en la resolución, tanto el de manejo de bosques como el manejo silvopastoril dice que hay que tenerse en cuenta el artículo 12 del decreto, que replica el art 22 de la 26331, que en base a esas condiciones, debe ir un estudio de impacto ambiental. Esto quiere decir que no estamos por fuera de la normativa, sino que estamos fijando con mayor claridad qué es lo que se tiene que hacer.

Recientemente en Chaco la justicia ordenó la suspensión de autorizaciones sobre desmontes porque el Poder Ejecutivo no actualizó el Ordenamiento Territorial. ¿Por qué en Salta, se decide seguir regulando sobre el aprovechamiento de Bosques Nativos, lo que implica seguir autorizando desmontes, cuando todavía no resuelve la actualización del Ordenamiento Territorial? 

Respecto de lo sucedido en Chaco y en relación con Salta, nosotros decidimos seguir regulando porque no hay nada que lo impida. Nosotros todo lo que hacemos desde la Secretaría lo hacemos en el marco de la ley, y no hay ninguna normativa que nos impida hacerlo. Está validado por Nación que han mandado informes y demás donde se validan esos procedimientos.

¿Qué elementos utilizaron para regular el trámite de habilitación sobre “cualquier modalidad” de Manejo de Bosques con Ganadería Integrada, si todavía no hay ninguna disposición que regule la misma?

Respecto de los elementos: Eventualmente en un futuro quizás cambie, no sé si será así, pero ante la posibilidad de que el sistema silvopastoril (que es lo mismo) nada más que ahora se usa este concepto de manejo de ganadería integrada bajo bosque integrado. Ahora, si en un futuro se cambia o se modifica eso, se aplicará o se hará extensiva la resolución a ese modelo.

Entiendo que el criterio que oportunamente se utilizó respecto de la normativa que eximia de estudio de impacto ambiental para superficies menores a 300 hectáreas, habrá tenido su justificación y habrá tenido en cuenta otros aspectos. Quizás la superficie y la extensión que estaba contemplada en esa resolución de hace quince o veinte años ese procedimiento, en ese momento habrá tenido otro criterio, porque era una intervención y un impacto distinto.

La Ley General del Ambiente te habla de estudio de impacto ambiental cuando tenga un impacto ambiental significativo. Quizás se habrá tenido en cuenta en ese momento que pequeños productores, de toda la superficie que había se podía llegar a eximir. Hoy por hoy la realidad es otra, y por eso existimos nosotros. Y el criterio de la audiencia queda sujeto a esto, a pequeños productores, a que el impacto no sea tan grave.

La evaluación de impacto ambiental será obligatoria para el desmonte. Para el manejo sostenible lo será cuando tenga el potencial de causar impactos ambientales significativos, entendiendo como tales aquellos que pudieran generar o presentar al menos uno de los siguientes efectos, características o circunstancias:

Ustedes se basaron en que antes Salta no exigía Evaluación de Impacto Ambiental y Social para desmontes de menos de 300has, sin embargo, esas disposiciones ya habían sido criticadas por la Secretaría de Ambiente de Nación como violatorias de la ley de Bosques. La resolución actual dice que van a exigir Evaluación a todos los casos, pero la Audiencia Pública puede ser dejada de lado. ¿Esto implica que van a convalidar todas las autorizaciones realizadas anteriormente?

Lo que quiero resaltar es la figura que incorporamos que es la Guía de Participación y Consulta previa, que está apuntada a todo tipo de proyectos, ni siquiera hablamos de magnitud, porque se puede dar una situación que por más que sea una intervención pequeña en los bosques, puede tener otros efectos en la sociedad. Esto nos habilita a poder cumplir y proponer mayor participación.

Igualmente, la participación, más allá de la audiencia pública, la estamos reforzando, a partir de la incorporación de esta figura. Sin perjuicio de que se celebre la audiencia pública, es una instancia más de discusión y consulta, sobre todo de aquellos que tienen vinculación y cercanía con el proyecto, tomen conocimiento y hagan las objeciones que tiene que ser.

El viernes de hará una conferencia de prensa para explicar algunos alcances de la resolución porque creo que hay una interpretación equivocada, quizás porque se trata de una resolución muy técnica. Lo que queremos es ser más restrictivos, ordenar lo que ya existe,  estamos trabajando en un registro de infractores, estamos trabajando en una resolución donde vamos a ampliar los mínimos y máximos de multas. Nuestra gestión pretende darle un giro radical a lo que se venía haciendo, fortalecer  y tenemos herramientas espectaculares. Hoy por ejemplo con el sistema de alta temprana nos permite identificar un desmonte y actuar en consecuencia, y si es ilegal, caemos con todo el peso de la ley.

 

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