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viernes, octubre 2, 2026

Boleto estudiantil | Por una «norma de confidencialidad» SAETA dio marcha atrás con las restricciones

Se trata, en realidad, de una ley nacional, la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales. Desde el viernes, estudiantes regulares de la UNSa podrán renovar “provisoriamente” el pase estudiantil en las terminales de autogestión.

Tras numerosos reclamos, las autoridades provinciales y de la Sociedad Anónima de Transporte Automotor anunciaron que, desde este viernes, estudiantes regulares de la Universidad Nacional de Salta podrán renovar “provisoriamente” el boleto estudiantil para el presente ciclo lectivo a través del sistema de autogestión.

“El trámite deberá realizarse en la máquina habilitada para ese fin que funciona en la misma Universidad, junto a la Mesa de Informes en el ingreso al predio. Una vez concluido el trámite provisorio de autogestión, entrará en vigencia la gratuidad”, señala la información oficial en la que se aclara que las y los estudiantes “deberán también cumplir con los considerandos de la resolución aprobada por la Autoridad Metropolitana de Transporte para recibir el Pase Libre Estudiantil”.

Allí, precisamente, radicó el punto de conflicto. Y es que, según la ley 8030 que instituye el sistema de boleto gratuito, “serán beneficiarios los estudiantes regulares de los niveles inicial, primario, secundario y terciario pertenecientes a las instituciones educativas públicas y privadas, con o sin aporte estatal, que integran el sistema educativo provincial, como así también los estudiantes regulares de las universidades públicas y privadas radicadas en la provincia de Salta”.

En el caso de la Universidad Nacional de Salta, el artículo 37 del Estatuto define como estudiantes regulares a “aquellos que cumplen con los requisitos de inscripción al ciclo lectivo y registran actividad académica curricular”. Agrega que “el Consejo Superior norma las condiciones necesarias para ser considerado estudiante regular. Los estudiantes que no cumplen las condiciones establecidas por el Consejo Superior, conservan todos los derechos de los estudiantes regulares excepto los electorales”.

Sin embargo, el pretendido “Reglamento para el acceso al régimen de boleto gratuito” de la Autoridad Metropolitana de Transporte establecía que SAETA podía requerir a las instituciones educativas información sobre la condición de cada estudiante (si es ingresante, regular, libre o con licencia; nombre y apellidos completos; DNI; domicilio; carrera que cursa; fecha y tipo de última actividad académica registrada como ser asistencia, cursado, examen parcial/final, trabajo práctico o cualquier otra actividad académica), incurriendo en lo que sería una violación a la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales.

Es así que desde la Casa de Altos Estudios se enviaron los padrones, no así la información sensible requerida irregularmente, lo que en su momento se usó como argumento para demorar la habilitación del boleto estudiantil. De hecho, fue el propio vicerrector de la UNSa, Nicolás Innamorato, quien admitió la “acción ilegal” que significaría brindar la información requerida.

“El Vicerrector nos ha explicado respecto a una norma de confidencialidad, ellos no pueden enviarnos esta información y hemos acordado solicitarle a la Autoridad Metropolitana el permiso para que pueda levantarse de manera provisoria la base de los estudiantes y luego SAETA va a continuar con los controles de una manera ya más ordenada”, admitió el ministro de Gobierno, Ricardo Villada, en medios locales.

Así las cosas, desde SAETA se informó que “en los próximos días se informará sobre un sistema de turnos exclusivo” para que cada estudiante concrete la actualización definitiva de lo que entienden como un beneficio, el derecho al boleto estudiantil.

S.D.F.

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