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viernes, octubre 9, 2026

Comenzó la veda electoral: ¿Qué no se puede hacer?

Desde las 8 de la mañana de este viernes ya rige la veda electoral: ¿Qué actividades se prohíben? Llega la hora de ir a votar.

Ya comenzó la veda electoral: a 48 horas de las elecciones Generales de este domingo 22 de octubre en las que se elegirá al próximo presidente de la Argentina y una nueva conformación en el Congreso, desde las 8 de la mañana de este viernes ya se prohíben ciertas acciones políticas y sociales. En Salta se eligen, además, cuatro diputados nacionales.

Esta durará hasta tres horas después del cierre de los comicios, es decir, que se mantendrá hasta las 21 horas del domingo electoral, jornada en la que se elegirán al próximo presidente y su vice, además de diputados, senadores y representantes ante el Parlasur.

Tras las PASO de mediados de agosto, como candidatos a presidente ahora competirán en las generales Javier Milei (La Libertad Avanza), Patricia Bullrich (Juntos por el Cambio), Sergio Massa (Unión por la Patria), Juan Schiaretti (Hacemos por Nuestro País) y Myriam Bregman (Frente de Izquierda y de Trabajadores-Unidad).

A dos días de los comicios, a las 8 de la mañana de este viernes 20 de octubre comenzó a correr la veda electoral de cara al domingo y ya se prohíben ciertas acciones: ¿Qué implica y qué no se puede hacer?

Las prohibiciones son dispuestas por el Código Nacional Electoral (CNE) y están ligadas generalmente a la propaganda política y a actividades sociales: estas deben ser acatadas tanto por los candidatos a los diversos puestos de cada partido como por los ciudadanos.

Entre las acciones no admitidas por la CNE se cuentan la realización de actos públicos de campaña o difusión de propaganda, aunque también se prohíbe la venta de alcohol a partir del sábado: todos los detalles de las acciones no permitidas.

Según indica el artículo 71 del Código Nacional Electoral, los ciudadanos argentinos deberán cumplir con las siguientes prohibiciones:

  • Realizar actos públicos de campaña y proselitismo electoral.
  • Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio, dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos.
  • Publicar y difundir encuestas o sondeos preelectorales.
  • Vender bebidas alcohólicas (desde las 20 horas del sábado hasta las 21 del domingo).
  • Realizar espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral.
  • Portar armas, banderas, distintivos o insignias.
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