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viernes, septiembre 18, 2026

El intendente de Aguas Blancas procesado por crear una «aduana paralela»

Sergio Oliva, quien es el actual intendente del municipio de Aguas Blancas en Orán, fue confirmado como procesado por el delito de “abuso de autoridad” por haber creado un paso ilegal en la frontera, que permitió la facilitación del comercio ilegal desde el vecino país de Bolivia.

El fallo que fue firmado el día 28 de junio del presente año, dictamina el cambio de caratula contra el intendente Sergio Oliva. El caso en cuestión tiene que ver con la apertura ilegal de un paso fronterizo que habría realizado en intendente, que terminó facilitado el paso de mercadería ilegal. En el fallo, que expidió la Cámara Federal de Salta Sala II, se establecen los argumentos del cambio de delito que se le imputa a Oliva: se pasa del procesamiento como “autor prima facie del delito de contrabando de mercaderías agravado por la calidad de funcionario público”, a autor del delito de “abuso de autoridad”, una condena bastante menos leve, claramente.

El fallo testimonia que no hubo intención en el delito del intendente, sino que actuó por omisión, aunque eso no alcanzó para eximirlo completamente del delito. Concretamente, el fallo hace referencia a “Que la presente causa se inició el 30/4/16 cuando personal de la Dirección Regional Aduanera de Salta informó sobre un incremento en el flujo de personas que ingresan y egresan del territorio por pasos no habilitados en el sector denominado “El Paltal”, del cual se advirtió un significativo tránsito de personas que circulan desde la ciudad de Bermejo (Bolivia) hacia Aguas Blancas y viceversa”

La defensa de Oliva había alegado que el intendente desconocía totalmente dicha apertura de calle, y que por tanto no habría autorizado dicha construcción. Más precisamente, el testimonio dice  “Que en fecha 4/8/2016 (…) prestó declaración indagatoria Sergio Gerardo Oliva (Intendente de Aguas Blancas) expresando que en ningún momento autorizó la apertura de esa supuesta calle y lo que se estaba haciendo eran arreglos en la localidad. Expresó que existe una gran cantidad de pasos no habilitados, pero que él no los dispuso, y que se enteró de su existencia en la reunión que mantuvo con la ACI, de cuya acta si bien surge que reconoce la apertura del paso, no es lo que dijo en ese momento y que la firmó de buena fe, indicando que el arreglo de las calles lo fue a pedido de Gendarmería y Aduana.”, aclarando que Oliva no era responsable del delito que se le adjudicaba.

Cuando se inició la causa, en el año 2016, el delito imputa a Oliva como autor de haber permitido el ingreso de mercaderías ilegales, cuestión que se agravaba por su condición de funcionario público. Pero, tras haber solicitado una revisión del procesamiento, la caratúla del delito cambió y ahora se lo acusa solo de “abuso de autoridad”, considerando que no hubo dolo en el accionar del intendente. Así, en el fallo consta “que la defensa alegó que el auto impugnado incurre en un error sobre el calificante de la figura, puesto que la exigencia de que el funcionario actúe en el ejercicio de sus funciones o abusando de ellas apunta a desalentar situaciones proclives al contrabando o que puedan resultar facilitadas por dicha calidad, lo que exige diferenciar el actuar en ejercicio u ocasión de sus funciones, y el quehacer aduanero del abuso funcional.”

El fallo que consta de quince hojas, finalmente establece que “En cuanto a la calificación jurídica, adujo que Oliva debe ser considerado prima facie responsable del delito de abuso de autoridad (artículo 248 del Código Penal), ilícito por el cual se encuentra indagado, en el entendimiento de que los elementos probatorios no permiten el encuadre en la figura de contrabando de mercaderías, debiendo confirmarse el auto de procesamiento por el primer delito”.

No obstante, al intendente se le mantendrá el embargo de 60 mil pesos que se había establecido desde un principio.

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