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domingo, septiembre 6, 2026

Habilitan el autocultivo | Se oficializó la nueva reglamentación del uso de cannabis medicinal

La norma otorga al médico «un rol fundamental» en el acompañamiento de los pacientes. Establece que obras sociales y prepagas garanticen el acceso y contempla la provisión «en forma gratuita por parte del Estado» de derivados de la planta a quienes tengan indicación médica.

El Gobierno reglamentó la ley de uso medicinal de cannabis, que «facilita e impulsa la investigación científica orientada a los posibles usos terapéuticos» y busca asegurar «el acceso a las terapias de forma segura e informada para todos los usuarios y usuarias», incluso a través del «autocultivo o el cultivo solidario».

La norma establece que las obras sociales, el Estado y las prepagas «garanticen» el acceso. Otorga al médico «un rol fundamental en el acompañamiento de los pacientes» y contempla la provisión «en forma gratuita por parte del Estado» de derivados de la planta a quienes tengan «indicación médica».

Fuentes oficiales indicaron que el decreto 883/2020, publicado este jueves en el Boletín Oficial, deroga y reemplaza la reglamentación dispuesta en 2017.

La norma crea el «Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis, sus Derivados y Tratamientos No Convencionales», en el marco del Ministerio de Salud.

«El acceso al cannabis y sus derivados deberá ser garantizado por las obras sociales y empresas de medicina prepaga o por el Estado para quienes no posean cobertura de salud», señala la reglamentación oficial

El nuevo decreto reglamentario «facilita e impulsa la investigación científica orientada a los posibles usos terapéuticos y avanza en garantizar el acceso a las terapias de forma segura e informada para todos los usuarios y usuarias, otorgándole al médico un rol fundamental en el acompañamiento de los pacientes», indicaron los portavoces.

Entre los objetivos figuran «la promoción dirigida a equipos de salud y organizaciones de la sociedad civil y la implementación de acciones de concientización sobre el uso del cannabis y sus derivados».

También, apunta al «desarrollo de guías de asistencia, tratamiento y accesibilidad; la provisión en forma gratuita por parte del Estado de derivados de la planta para pacientes que cuenten con indicación médica y con cobertura pública exclusiva, y el impulso de investigaciones relacionadas con los fines terapéuticos y científicos de la planta de cannabis y sus derivados».

Asimismo, «se autoriza, previa inscripción en el nuevo Registro del Programa de Cannabis (Reprocann) el acceso al aceite de cannabis a través del autocultivo, el cultivo solidario o bien a través de la utilización de especialidades medicinales, en los casos en que exista indicación médica».

«El acceso al cannabis y sus derivados deberá ser garantizado por las obras sociales y empresas de medicina prepaga o por el Estado para quienes no posean cobertura de salud», señala la reglamentación oficial.

El Estado brindará colaboración técnica para impulsar la producción pública de cannabis en todas sus variedades y su eventual industrialización para su uso medicinal, terapéutico y de investigación

También el Estado «brindará colaboración técnica para impulsar la producción pública de cannabis en todas sus variedades y su eventual industrialización para su uso medicinal, terapéutico y de investigación en los laboratorios de producción pública de medicamentos nucleados en la Agencia Nacional de Laboratorios Públicos».

El Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) y el Conicet podrán cultivar cannabis y el Instituto Nacional de Semillas (INASE) será el encargado de regular «las condiciones de producción, difusión, manejo y acondicionamiento de los órganos de propagación de esta especie que permitan la trazabilidad de los productos vegetales», establece la medida.

Los portavoces destacaron a Telam que «la nueva reglamentación surge de un proceso de diálogo entre el Ministerio de Salud con organizaciones no gubernamentales, sociedades científicas y organismos públicos involucrados».

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