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lunes, octubre 7, 2024

Hasta cuánto dinero se podrá tener en una billetera virtual en octubre sin tener problemas con la AFIP

A partir de octubre, la AFIP podrá investigar a los usuarios de billeteras virtuales cuyos consumos o transferencias sean mayores a los $400.000 para asegurar que el origen del dinero sea lícito y que las operaciones financieras no presenten irregularidades fiscales. Los saldos mensuales que excedan los $700.000 también serán investigados.

Las billeteras virtuales, al igual que los bancos y entidades financieras, deberán informar las transacciones, saldos y consumos que superen los limites establecidos. Esta normativa fue impulsada por la Resolución General N° 4248 con el objetivo de mejorar la transparencia del sistema financiero.

Garantizar que el dinero que circula en las billeteras virtuales y cuentas bancarias tenga origen legal es una de las razones de la decisión tomada. La AFIP quiere evitar que los fondos no declarados circulen en las plataformas. Es así que las entidades financieras deberán vigilar las operaciones de los clientes y reportar movimientos que supere los montos establecidos.

Para que los límites sean relevantes a un contexto de inflación se actualizarán automáticamente cada seis meses según las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC), de esta manera la AFIP se asegura que los montos reflejen la realidad económica y permitan el control efectivo de las operaciones financieras.

Si una transferencia es mayor a los $400.000 o un saldo supera los $700.000, la AFIP comenzará con la investigación para determinar el origen de los fondos y se deberá presentar documentación como un recibo de sueldo o facturas emitidas para respaldar la legalidad del dinero.

Si en la investigación la AFIP descubre movimientos sospechosos o no se puede justificar el origen del dinero, el organismo tomará medidas severas, entre las cuales podrá realizar el cierre de la cuenta del usuario y generar un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) para alertar sobre las posibles actividades ilícitas.

Qué documentación puede pedir la AFIP para determinar el origen de fondos

  • Boletas de compra y venta.
  • Documentos que justifiquen la venta de acciones o una empresa.
  • Recibos de sueldo o comprobantes de haberes jubilatorios.
  • Facturación de los últimos meses.
  • Constancia del monotributo.
  • Certificado de fondos emitido por un contador público.

 

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