Además instó a concretar la actualización de Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos. En los años anteriores más de 150 mil hectáreas de monte fueron arrasadas.
En las pasadas horas se informó la decisión de la justicia chaqueña respecto al amparo presentado por una organización ambientalista para frenar los desmontes en esta provincia que, así como Salta, tiene los más altos índices de destrucción de los montes a favor del avance del monocultivo y la cría de ganado. Para botón de muestra basta con decir que según datos del Ministerio de Ambiente de la Nación, Chaco fue la provincia con mayor pérdida de bosques nativos entre 2016 y 2019, con 130.487 hectáreas deforestadas. En tanto, para julio de este año el monitoreo satelital de Greenpeace indicaba que durante 2020 arrasaron 13.128 hectáreas de bosques.
Entonces, Noemí Cruz, coordinadora de la campaña de Bosques de Greenpeace, señalaba que “el gobernador Jorge Capitanich está avalando un crimen contra los bosques de su provincia, y las inundaciones y las sequías que cada año golpean al Chaco, aumentan a medida que se avanza con la deforestación”.
Meses más tarde y tras el anuncio de Alberto Fernández en la Conferencia de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (COP26) sobre impulsar una nueva Ley de Bosques, el anuncio de la justicia chaqueña frenó los desmontes y cambios de uso de suelo aprobados desde diciembre de 2014, cuando venció el mapa de Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos.
En la causa se solicitó “el cese del estado de incertidumbre respecto de las solicitudes de cambio de uso de suelo y permisos de desmonte conferidos por las autoridades provinciales con posterioridad al vencimiento del plazo de vigencia y la obligación de actualizar el Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos (OTBN) establecida en la ley 26.331 y en el decreto reglamentario 91/09 del Poder Ejecutivo Nacional”.
La organización «Conciencia Solidaria al Cuidado del Medio Ambiente, el Equilibrio Ecológico y los Derechos Humanos Asociación Civil» refirió que el artículo 7 de la ley “establece la prohibición de toda acción de desmonte hasta tanto se sancione el OTBN local, y que el artículo 6 del decreto 91/09 obliga a las jurisdicciones provinciales a actualizar sus respectivos ordenamientos cada cinco años desde la sanción del instrumento legal”, informó Diario Judicial.
La sentencia declaró ilegítima la omisión de actualizar el OTBN y, en consecuencia, resolvió prohibir la aprobación de planes de aprovechamiento de cambio de uso de suelo y de otorgar permisos de desmonte desde el vencimiento del OTBN -diciembre de 2014- hasta su actualización. También instó al Poder Ejecutivo local a “subsanar la situación con carácter de urgente y concluir en el plazo de 90 días hábiles el proceso de actualización del OTBN para no continuar afectando el desarrollo sostenible de los habitantes de la provincia, de la producción y de la industria forestal”.
