La Asociación Civil de la Defensa Pública de la República Argentina (ADePRA), remitió un escrito al Gobernador Gustavo Sáenz, cuestionando su propuesta para que la polémica Ada Zunino, sea designada como Defensora General y advierten la ausencia de “independencia funcional y política”.
En el escrito, ADePRa reclama que se deben respetar los estándares internacionales y recuerda que la OEA y el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, resaltan la necesidad de una Defensa Pública autónoma, independiente y especializada.
Además, la entidad nacional plantea que quien ocupe el cargo de Defensor/a General debe tener trayectoria, formación y experiencia acreditada en la Defensa Pública para garantizar su independencia funcional y política, y para fortalecer la institución.
Si bien la Constitución de Salta no exige un concurso público para la designación, ello no exime de observar estándares de idoneidad técnica, especialización e independencia, algo que no precisamente caracteriza a una funcionaria judicial ultra punitivita como Ada Zunino.
Ante ello, defensores de todo el país, piden al Gobernador que tenga en cuenta los estándares del Sistema Interamericano de Derechos Humanos al momento de designar al nuevo Defensor/a General, valorando la experiencia previa en la Defensa Pública.
LA NOTA COMPLETA:
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 02 de marzo de 2026.
Sr. Gobernador de la Provincia de Salta
Dr. Gustavo Sáenz
Su despacho
Tenemos el agrado de dirigirnos al Sr. Gobernador de la Provincia de Salta en nuestro carácter de Presidente y Secretario General de la Asociación Civil de la Defensa Pública de la República Argentina (ADePRA) con motivo de la próxima designación del/la Defensor/a General de la Provincia de Salta, a fin de transmitirle respetuosamente las inquietudes, convicciones y lineamientos institucionales de nuestra Asociación orientados a la consolidación y fortalecimiento de la Defensa Pública como pilar esencial del Estado de Derecho y de la democracia constitucional, en tanto garantía efectiva de la defensa y protección de los derechos de los sectores socialmente más vulnerables de la Provincia.
Cabe destacar que nuestra Asociación constituye el espacio colectivo más amplio del país que nuclea a Defensores/as Públicos/as Oficiales, Secretarios/as Letrados/as y demás funcionarios/as que se desempeñan en el ámbito del Ministerio Público de la Defensa de la República Argentina, siendo la segunda asociación más numerosa de América Latina, después de la Asociación de la Defensa Pública del Brasil. Asimismo, ADePRA es miembro del Bloque de Defensores Públicos del Mercosur (BLODEPM) y de la Asociación Interamericana de Defensorías Públicas (AIDEF), integrando actualmente el Consejo Directivo en ambas instituciones internacionales.
Precisamente, la AIDEF tiene a su cargo la relevante responsabilidad de designar, mediante concurso público de antecedentes y especialidad en la materia, al cuerpo de Defensores/as Públicos/as Interamericanos/as que actúan ante la Comisión y la Corte Interamericana de Derechos Humanos en casos contenciosos seguidos contra los Estados Americanos.
La importancia que reviste la Defensa Pública en todo sistema democrático ha sido reiteradamente reconocida por la Organización de los Estados Americanos (OEA), a través de diversas resoluciones de su Asamblea General, basadas en instrumentos internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional en la República Argentina, conforme al art. 75 inc. 22 de la Constitución Nacional. En tal sentido, la OEA ha destacado de manera constante la necesidad de fortalecer la Defensa Pública Oficial como parte de los esfuerzos de los Estados Miembros para garantizar un servicio público autónomo, independiente, especializado y eficiente, orientado prioritariamente a la tutela de los derechos de las personas y grupos en situación de vulnerabilidad. Dichos estándares se encuentran plasmados, entre otras, en las Resoluciones AG/RES. 2656 (XLI-O/11); AG/RES. 2714 (XLIIO/ 12); AG/RES. 2801 (XLIII-O/13); AG/RES. 2821 (XLIV-O/14); AG/RES. 2887 (XLVI-O/16); AG/RES. 2908 (XLVII-O/17); AG/RES. 2928 (XLVIII-O/18) y AG/RES. 2941 (XLIX-O/19).
En este marco, entendemos, conforme a los estándares del derecho comparado y a las directrices del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, que quien asuma la máxima responsabilidad institucional de la Defensa Pública Provincial debe contar con trayectoria, formación y experiencia acreditada en el ejercicio de la Defensa Pública, como condición indispensable para garantizar su independencia funcional y política, así como para fortalecer, jerarquizar y consolidar institucionalmente al organismo.
Teniendo en consideración que la Constitución de la Provincia de Salta, a diferencia de otras jurisdicciones, no establece un procedimiento de selección del/la Defensor/a General mediante concurso público de antecedentes y oposición, con instancias de participación ciudadana y acuerdo legislativo de mayoría calificada, ello no resulta óbice para que la designación que se efectúe deba observar estándares sustantivos de idoneidad técnica, especialización funcional e independencia, particularmente en materia de Defensa Pública.
Por todo lo expuesto, exhortamos respetuosamente al Sr. Gobernador a que, al momento de designar al/la nuevo/a Defensor/a General de la Provincia de Salta, se tengan especialmente en cuenta los lineamientos y estándares en materia de Defensa Pública establecidos por el Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos, ponderando de manera central la experiencia previa, comprobable y sostenida en el ámbito de la Defensa Pública.
Sin otro particular, y reiterando nuestra disposición al diálogo institucional y a la cooperación interjurisdiccional en el fortalecimiento de la Defensa Pública, aprovechamos la oportunidad para saludar al Sr. Gobernador con nuestra más distinguida consideración.
Diego Stringa Adolfo Sánchez Alegre
Secretario General Presidente
DNI 17.622.250 DNI 23.079.226
