El exjuez federal de Orán fue condenado por recibir dinero para beneficiar al narcotraficante, utilizar documentación falsa y exigir pagos ilegales en otra causa. La sentencia incluye cinco años de prisión, una multa de $90.000 y la inhabilitación absoluta durante el tiempo de la pena. Es su segunda condena firme vinculada al ejercicio de la función judicial.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme la condena a cinco años de prisión de Raúl Juan Reynoso, exjuez federal de Orán, por hechos de corrupción vinculados al narcotraficante Delfín Reynaldo Castedo, conocido como «El Patrón del Norte».
El 14 de octubre, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti rechazaron el recurso de queja presentado por la defensa. El máximo tribunal no realizó un nuevo juicio sobre los hechos: desestimó el planteo por falta de fundamentación autónoma y dejó firme la sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N.º 2 de Salta, dictada en agosto de 2024 y confirmada por Casación en junio de 2025.
La pena comprende cinco años de prisión, una multa de $90.000 e inhabilitación absoluta durante el término de la condena. Reynoso fue declarado responsable de cohecho pasivo, en concurso ideal con falsedad ideológica de documento público, en la causa vinculada a Castedo, y de concusión en el expediente de Pablo Elías Torres.
La sentencia establece que Reynoso recibió dinero para dictar resoluciones judiciales favorables a Castedo y contrarias a derecho. En el otro expediente, se determinó que exigió dinero a Torres para autorizar el ingreso de mercaderías al país pese a las restricciones vigentes.
En febrero de 2007, Reynoso imputó a Castedo por asociación ilícita y lavado de activos, lo citó a indagatoria y ordenó su detención.
En mayo de 2008, Castedo solicitó una eximición de prisión. Al mes siguiente, el juez se la concedió con el argumento de que el acusado estaba a derecho por haber presentado el pedido. Según los antecedentes de la causa, Castedo declaró que había pagado para obtener ese beneficio.
El expediente incorporó después una segunda eximición de prisión basada en una supuesta declaración indagatoria de 2013. Castedo negó haberse presentado a declarar y haber firmado el documento. Una pericia respaldó que la firma no le pertenecía. Esa documentación fue utilizada para concederle otro beneficio judicial.
En 2014, Castedo continuaba prófugo. Era buscado, además, por su presunta responsabilidad como autor intelectual del asesinato de Liliana Ledesma, cometido en Salvador Mazza en 2006. Ese año, Reynoso lo procesó sin dictarle prisión preventiva.
La condena por cohecho pasivo y falsedad ideológica se refiere a los hechos que llegaron a juicio y fueron acreditados por el tribunal. La secuencia de resoluciones y el uso de documentación falsa integraron la prueba examinada en ese proceso.
En el mismo expediente, el tribunal condenó a Delfín Castedo a tres años de prisión por cohecho activo, en concurso ideal con falsedad ideológica de instrumento público en calidad de partícipe necesario. El abogado Luciano Ciscato recibió una pena de dos años y seis meses de prisión de ejecución condicional por los mismos delitos.
El fallo no se limitó, por tanto, a cuestionar la oportunidad o el fundamento de sus decisiones. Estableció responsabilidades penales por el pago y la recepción de sobornos, la falsedad documental y las exigencias ilegales investigadas.
La sentencia de cinco años se suma a la condena de 13 años de prisión que Reynoso recibió en 2019 por concusión y prevaricato, en otra causa relacionada con su actuación como juez federal. Esa primera condena quedó firme en marzo de 2024.
Reynoso estuvo al frente del Juzgado Federal de Orán desde 2002 hasta 2016. En esta causa, el tribunal determinó que recibió dinero para favorecer a Castedo y que cometió otros delitos vinculados al ejercicio de su cargo.
