La normativa, sancionada en el año 2002, alcanza actualmente a los cargos de Gobernador y Vicegobernador de la Provincia, Ministros del Poder Ejecutivo, Secretarios y Subsecretarios del Poder Ejecutivo, legisladores nacionales o provinciales e intendentes y concejales municipales.
Corría el año 2002 cuando Diputados y Senadores sancionaron la Ley N° 7204, normativa que prohíbe a legisladores y funcionarios “representar o patrocinar, en ejercicio de su profesión a terceros que peticionen o pretendan hacer valer derechos de cualquier clase ante los poderes públicos de la Provincia o sus municipios, como así también, convalidar actos de cualquier naturaleza destinados a ser presentados ante dichos poderes, para obtener o consolidar derechos personales o patrimoniales”.
Dicha prohibición “incluye la defensa penal y administrativa de imputados de cualquier clase de ilícitos o irregularidades”, y alcanza quienes ocupen los cargos de Gobernador y Vicegobernador de la Provincia, Ministros del Poder Ejecutivo, Secretarios y Subsecretarios del Poder Ejecutivo, legisladores nacionales o provinciales e intendentes y concejales municipales.
En una iniciativa que lleva la firma de los diputados Luis Albeza, Carolina Ceaglio, Roque Cornejo, Cristina Frísoli, Víctor Lamberto, Sebastián Otero, Néstor Parra, Juan Carlos Roque Posse, Verónica Saicha, Gloria Seco y Socorro Villamayor (Cupo B. Salta Tiene Futuro), la Cámara baja provincial buscará modificar el artículo N°2 de la ley a fin de limitar el alcance de la prohibición a aquellas y aquellos legisladores y funcionarios que integren el Jurado de Enjuiciamiento para Magistrados.
Diferentes voces consultadas por este medio dieron su opinión respecto al proyecto que ya genera controversia en la opinión pública.
Entre la ética y la dedicación
“Antes no estabas inhabilitado, después vino un senador que ejerció influencia en los jueces. En consecuencia, el Ejecutivo mandó un proyecto donde se prohibía el ejercicio”, sostuvo el diputado provincial mandato cumplido Manuel Santiago Godoy, quien asumió su banca al año siguiente de ser aprobada la normativa en cuestión. “Hubo dos o tres intentonas para habilitarlos y nunca pasó. Urtubey la vetó”, rememoró sobre el movimiento legislativo que tuvo lugar en 2008.
Según consideró, “todo el mundo puede ejercer la profesión y ser diputado no es un impedimento, pero es diferente caminar por los tribunales y llevar expedientes siendo diputado o senador, que no siendo”. “Si esa situación tienden a resolverla habrá que tener confianza en los jueces, cosa que no hay”, aseveró el exlegislador para quien “es una cuestión de temporalidad”. “Si sos diputado, no tenés tiempo para ejercer la profesión. Ahora, si solo levantan la mano a lo que le piden, no tienen espíritu crítico ni vocación crítica”, lanzó.
Por su parte, el diputado provincial mandato cumplido Guillermo Martinelli, se mostró a favor de la modificación de la ley que, según afirmó, “se dictó por parte de Juan Carlos Romero para desalentar a los abogados a ingresar a la Legislatura”. “Circuló en aquel entonces que quería que yo abandonara el cargo de diputado y retornara a mi función de abogado, porque le resultaba muy molesta mi posición con algunos de sus proyectos. La denominaban la ley Martinelli”, agregó.
Igualmente, opinó: “No se necesita ser abogado ni legislador para el tráfico de influencias, que es más un pretexto que un hecho real y potencial. Por lo que se ve en el país, los que influyen claramente son los del gran capital, que entre otras pergeñaron el DNU 70- 23, la ley Bases, etcétera”.
Casi en consonancia, otra de las fuentes consultadas afirmó: “Es una excelente iniciativa en pos de la igualdad de derechos de las distintas profesiones liberales, solo aplicable en una sociedad con ciudadanos respetuosos de la división de poderes y no afectos al pedido de favores”.
Desde otros ángulos, consideran que “las incompatibilidades no se pueden solucionar con una ley que prohíba ni una ley que autorice, en cada caso concreto habría que verlo”. “Si sacás una ley diciendo que los legisladores o secretarios de Estado no pueden litigar como abogados en el fuero porque los jueces se van a sentir presionados, no merecen ser jueces”, observó la fuente consultada por este medio, que supo presidir en su momento el Colegio de Psicólogos.
Y agregó: “Si vos me dijeras que todos los profesionales tienen que dedicarse tiempo completo a la función legislativa, tendría sentido que se le dé el carácter de dedicación exclusiva. A los únicos que no dejan ejercer la profesión es a los abogados, lo cual es discriminatorio”.
Reconoció luego que “si un senador abogado da los acuerdos para designar a los jueces, y después es abogado en lo que tiene que resolver ese juez, presumen que va a litigar con ventaja porque le dio nombramiento”. “En ese caso correspondería que el juez se excuse”, opinó al señalar que se podrían ampliar las causales de excusación de magistrados a fin de preservar las garantías.
En los fundamentos de la iniciativa, los firmantes resaltan al libre ejercicio profesional como un derecho inalienable de todo ciudadano en la República Argentina consagrado por las normas constitucionales y los tratados internacionales en concordancia. Es por ello que sostienen que toda limitación en dicho ejercicio no debe vulnerar los principios y derechos de igualdad que garantizan las normas vigentes aludidas. Sobre esa base, argumentan que con la iniciativa propuesta “se procura restablecer el equilibrio en esos derechos a la igualdad que deben gozar los profesionales, en este caso en particular, los abogados o procuradores en todo el territorio provincial, cuando pretenden ejercer su profesión en el ámbito de la jurisdicción de la Provincia de Salta, al investir a su vez, la calidad de representantes del pueblo”. (MH)
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