El Foro de Observación de la Calidad Institucional de Salta mediante un comunicado manifestó su rechazo a la situación existente en la Sala IV del Tribunal de Impugnación del fuero penal de Salta, donde vienen desempeñándose 2 jueces jubilados, lo que constituye una grave irregularidad dado de que los mismos no cuentan con acuerdo del Senado.
Según señalan «al fundar nuestro recurso contra la acción que pretendía modificar la Constitución mediante una sentencia dictada por los propios interesados, el FOCIS señaló la ilegalidad de las decisiones de la Corte de Justicia que llenaron dos vacantes, claves en el fuero penal, convocando a jueces jubilados seleccionados en base al arbitrio de la mayoría de los miembros de la Corte».
En ese sentido agregan: «Señalamos entonces y reiteramos ahora que la Constitución de la Provincia de Salta (artículo 156, tercer párrafo) es muy clara al establecer que los jueces jubilados, para continuar desempeñándose, han de obtener un nuevo nombramiento del Poder Ejecutivo precedido de igual acuerdo del Senado prestado en sesión pública».
«Pero, aun si admitiéramos la hipótesis -por otra parte, inconsistente- de que los jueces jubilados pueden continuar en sus cargos al amparo de la Ley 24.018 y del subsiguiente convenio celebrado entre la Provincia y la ANSES para mejorar la jubilación de los jueces, ambos funcionarios deben cesar por vencimiento del plazo allí previsto».
«Para colmo de males, el señor Procurador General de la Provincia ha dado a entender que estos dos jueces jubilados concentran , sospechosamente, determinados asuntos (sobre todos los graves delitos de pedofilia atribuidos a sacerdotes católicos) y emiten sentencias de dudosa consistencia jurídica».
Por ello el FOCIS exige: a) El inmediato cese de los dos señores jueces en situación irregular; b) La convocatoria al concurso para cubrir estas dos vacantes. Asimismo, exhorta al Procurador General a cumplir con su deber instando las acciones legales que procedan para corregir el agravio a la Constitución.
