A fines de 2017, el Consenso Fiscal impulsado por el Gobierno de Mauricio Macri, para la reducción y unificación impositiva a nivel nacional, generó en Salta la oportunidad de un impuestazo que quedó en la memoria colectiva.
Fue en esa ocasión cuando al adherir Salta al tope del 5% la alícuota del impuesto a los Ingresos Brutos (Actividades Económicas), significó en los papeles un aumento considerable y no una reducción.
Esa alícuota en Salta estaba fijada en el 3,6 por ciento desde fines de 2013, cuando luego de un paro policial, el Gobernador Urtubey convocó a sesiones extraordinarias para alcanzar ese porcentual que hasta ese entonces estaba fijado en el 3 por ciento en Salta. Dos impactos fuertes en pocos años.
El autor material de haber aprovechado el río revuelto del macrismo fue el exministro Jefe de Gabinete, Fernando Yarade. Con lo cual, resolvió la problemática coyuntural de las finanzas provinciales, aunque claro, la herencia de Urtubey-Parodi, era mucho más compleja que eso y lo vimos con la necesidad de refinanciar la deuda en moneda extranjera que pesa sobre Salta como una pesada hipoteca.
El Consenso 2022
La adhesión de la Provincia al Consenso Fiscal para 2022, no implica aumentos de impuestos ni en ninguna alícuota provincial, informaron desde el Ministerio de Economía y Servicios Públicos de Salta.

En el texto suscrito, la Nación y las provincias se comprometieron a promover el intercambio de información, a seguir trabajando en un programa integral de simplificación y la coordinación tributaria federal, a fortalecer el Padrón Federal – Registro Único Tributario (RUT), a evitar la generación de saldos inadecuados o permanentes a favor de los o las contribuyentes en Ingresos Brutos y a consensuar un proyecto de ley que fortalezca el Organismo Federal de Valuaciones de Inmuebles (O.Fe.V.I.).
Además, las partes se abstendrán por un año de iniciar procesos judiciales y suspenderán por igual término los ya iniciados, al tiempo que Nación se comprometió a pagar en 12 cuotas los saldos pendientes de la actualización de la compensación.
Con respecto al impuesto sobre los Ingresos Brutos, acordaron considerar como gravada la comercialización de bienes o servicios a través de medios o tecnología que permitan la realización de las transacciones en forma remota, y se establecieron las alícuotas máximas para un conjunto de actividades.
Sobre el impuesto de Sellos, se estableció una alícuota máxima del 3,5% a la transferencia de inmuebles, del 3% a la transferencia de automotores y del 2% a los restantes actos, contratos y operaciones alcanzadas por este tributo en general. En tanto, no estarán sujetos a alícuota máxima los actos, contratos y operaciones relacionados con las actividades de loterías y los juegos de azar.
También se alcanzaron acuerdos respecto del impuesto a los Automotores, el Inmobiliario y a la transmisión gratuita.
A su vez, las provincias se comprometieron a aplicar el criterio de Endeudamiento Responsable, por el cual solo podrán incrementar la deuda en moneda extranjera en líneas de financiamiento con organismos bilaterales o multilaterales de crédito, por desembolsos pendientes originados en convenios firmados con anterioridad al 31 de diciembre de 2021, y por las operaciones de reestructuración de deuda.
En cuanto a la responsabilidad fiscal, se retomará la vigencia de los artículos suspendidos de la Ley N° 25.917 y se incorporará que la regla de límite de crecimiento del gasto estará regida en todos los casos por el incremento del PIB, y que el producido del endeudamiento gubernamental no podrá destinarse a gastos corrientes, salvo excepciones.
