Desde el Ministerio Público Fiscal confirmaron que los estudios revelan desechos fecales “que superan los límites legales permitidos” en el Río Astilleros-Arenales, agua que se destina al consumo humano en la ciudad de Salta.
Estudios realizados en de las aguas del río Astilleros-Arenales, en la zona de San Lorenzo Chico, dan cuenta de la presencia de una “alta concentración de bacterias coliformes fecales- desechos fecales- que superan los límites legales permitidos”. Es por ello que desde la Unidad Fiscal Ambiental que integran el procurador general de la Provincia, Pedro García Castiella, y el Fiscal Civil 1, Rodrigo Erazo Schmidt, se iniciaron actuaciones vinculadas al control de la contaminación en la cuenca.
Según se comunicó oficialmente, tanto los resultados de los estudios bacteriológicos del CONICET como los del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF) evidencian “valores superiores a los permitidos por la normativa legal en cuanto a la concentración de bacterias coliformes fecales y la concentración de amoniaco, excediendo el límite del máximo permitido”.
La cantidad, significativamente elevada y que supera los estándares establecidos por la normativa vigente, llevó a que se soliciten los debidos controles en los efluentes cloacales de las plantas depuradoras de la empresa Proyecto Norte, ubicadas en los barrios Praderas de San Lorenzo e Invernaderos.
Cabe señalar que la preocupación radica no solo en la contaminación generada, sino también en las consecuencias aguas abajo, donde se encuentran los drenes del Sistema Finca Las Costas. Estos últimos son los que abastecen a la planta potabilizadora de Alto Molino, responsable del suministro de agua para consumo humano en la ciudad de Salta.
Puntualmente, se requirió a la Secretaría de Recursos Hídricos y Secretaría de Medio Ambiente, organismos de control competentes, que lleven adelante el exhaustivo y estricto control intimando a los responsables para la regularización y el cese de la contaminación del agua. Asimismo, efectuando los apercibimientos, adoptando las medidas y aplicando las sanciones que estimen correspondientes en ejercicio de sus facultades y deberes específicos.
Previendo lo establecido en la Ley de Protección Ambiental 7070, no se descarta la posibilidad de promover acciones judiciales ya sea por acción u omisión de los responsables.
Desde el Ente Regulador de Servicios Públicos, su titular Carlos Saravia cuestionó que “se dan prefactibilidades supeditadas a que se termine la planta depuradora”. “Sabemos que no se va a terminar en tres años y el desarrollador avanza igual”, aseveró a la vez que enfatizó: “Les sale más barato tirar ahí el efluente, lo que tienen que tener son biodigestores. Tienen plata, pueden desarrollar soluciones ambientales óptimas”. (MH)
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