El objetivo es la instalación del concepto que el nacimiento no es una enfermedad.
Lograr maternidades seguras y centradas en la familia.
La Cámara de Senadores de la Provincia, en la sesión de ayer, insistió con el texto sancionado el 21 de julio de 2016 referente a la adhesión a la ley nacional Nº 25.929 sobre parto humanizado, que tiene como objetivo la instalación del concepto que el nacimiento no es una enfermedad. Lograr maternidades seguras y centradas en la familia, con especial enfoque intercultural en los contextos interétnicos.
Según publicó Nuevo Diario, los senadores no compartieron la media sanción de Diputados que solo mantenía dos artículos del proyecto, en la cual en primera instancia se aprobaba la adhesión a la ley nacional y que el Ministerio de Salud Pública es la autoridad de aplicación de la ley y un régimen de sanciones por incumplimientos previsto en la ley nacional 26.529.
En la sanción del Senado, ocurrida en 2016 y que se insistió en su contenido en la sesión de ayer, abarca 10 artículos. Destacándose además de la adhesión de la Provincia a la Ley Nacional N° 25.929 referida a parto humanizado y a los derechos de los padres y de la persona recién nacida, como así también a su Decreto Reglamentario N° 2.035/15; que el Ministerio de Salud Pública de la Provincia, o el organismo que en el futuro lo reemplace, es la autoridad de aplicación de la presente Ley, el que implementará la cultura y estructura organizacional de esta modalidad; las medidas necesarias para capacitar a los agentes de salud, y la adecuación de los recursos físicos.
Establece que el Estado Provincial, a través del Ministerio de Salud Pública y el Instituto Provincial de Salud de Salta (IPS), brindará obligatoriamente cobertura integral e inmediata de todas las prestaciones establecidas en esta Ley.
Indica que el Ministerio de Salud Pública de la Provincia instrumentará un modelo interdisciplinario y sistemático para la atención personalizada del parto humanizado o parto respetado.
Dispone que los establecimientos del sistema provincial de salud, que cuenten con maternidades, tendrán un plazo de 36 meses para adecuar sus instalaciones. El incumplimiento de las obligaciones emergentes de la presente Ley por el Instituto Provincial de Salud de Salta (IPS) y los profesionales de la salud y sus colaboradores, como así también, por parte de las instituciones en que éstos presten servicios, será considerado falta grave a los fines sancionatorios, sin perjuicio de la responsabilidad civil, penal y/o deontológica que pudiere corresponder.
Fuente: Informate Salta